Pueblos indígenas
Conferencia Mundial sobre los Pueblos Indígenas
En 1982, la Subcomisión de Derechos Humanos estableció un Grupo de Trabajo sobre Pueblos Indígenas que examinó los acontecimientos en el ámbito de los derechos de los pueblos indígenas y promovió la adopción de normas internacionales relativas a estos derechos. Asimismo, preparó un proyecto de Declaración sobre los derechos de los pueblos Indígenas.
Ana María Guacho, una anciana indígena Quechua de la
provincia del Chimborazo en Ecuador. Ana María es una
«yachua» o médica naturista en su comunidad.
El aumento de la atención prestada a las cuestiones indígenas culminó en 2000 con la creación del Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas como órgano subsidiario del Consejo Económico y Social. El Foro, que está compuesto por 16 expertos (la mitad gubernamentales y la otra mitad indígenas), asesora al Consejo Económico y Social, ayuda a coordinar las actividades de las Naciones Unidas en este ámbito y estudia los temas que incumben a los indígenas en relación con el desarrollo económico y social, la cultura, la educación, el medio ambiente, la salud y los derechos humanos. Además, un Grupo de Apoyo interinstitucional sobre Cuestiones Indígenas promueve los mandatos correspondientes a estos temas en la totalidad del sistema intergubernamental.
Cuando el Decenio Internacional se aproximaba a su fin, la Asamblea General proclamó un Segundo Decenio Internacional de los Pueblos Indígenas del Mundo (2005-2014) que tiene cinco objetivos fundamentales:
- El fomento de la no discriminación y de la inclusión de los pueblos indígenas en la elaboración, aplicación y evaluación de la legislación, las políticas, los recursos, los programas y los proyectos en todos los niveles;
- El fomento de la participación plena y efectiva de los pueblos indígenas en las decisiones que afectan directa o indirectamente a sus estilos de vida, a sus tierras tradicionales, su integridad cultural o cualquier otro aspecto de sus vidas;
- La redefinición de las políticas de desarrollo para que incluyan una visión de equidad y espero de la diversidad cultural y lingüística de los pueblos indígenas;
- La adopción de políticas, programas, proyectos y presupuestos que tengan objetivos específicos para el desarrollo de los pueblos indígenas, con parámetros concretos, e insistiendo en particular en las mujeres, los niños y los jóvenes indígenas;
- La creación de mecanismos de supervisión estrictos y la mejora de la rendición de cuentas a rodos los niveles en lo tocante a la aplicación de los marcos jurídicos, normativos y operacionales para la protección de los pueblos indígenas y el mejoramiento de sus vidas.
Angela Chishlua Palomino, una indígena Quechua de la
comunidad Diego Tapara en Puno, Perú.
En la nueva Declaración de las Naciones sobre los derechos de los pueblos Indígenas se establecen los derechos individuales y colectivos de los pueblos indígenas, en particular su derecho a la cultura, la identidad, e1 idioma, e1 empleo, la salud y la educación. Se subraya e1 derecho de los pueblos indígenas a mantener y reforzar sus instituciones, culturas y tradiciones y promover su desarrollo de acuerdo con sus aspiraciones y necesidades. También se prohíbe discriminarlos y se promueve su participación plena y efectiva en relación con los asuntos que les conciernan, inc1uido su derecho a seguir siendo distintos y a perseguir su propia idea de desarrollo económico y social.
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